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Una sentencia declara que enlazar a redes P2P no es ilegal
Es la primera sentencia de este tipo que se dicta en el Estado español
15/03/2010, El Experto Digital
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El juzgado mercantil número 7 de Barcelona ha dictado una sentencia en la que se desestima una demanda de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) contra la web elrincondejesus.com por un presunto delito contra la propiedad intelectual de obras musicales al ofrecer ésta enlaces hacia redes P2P. Es la primera sentencia que un juzgado dicta en este sentido. La SGAE ha sido condenada a pagar los costes del procedimiento.
La sentencia, además de desestimar la demanda de la SGAE, afirma que la web demandada tan sólo ofrece enlaces hacia redes P2P pero ello no supone la distribución, reproducción o comunicación pública, actividades para las cuales si que es necesaria la autorización de los propietarios de las obras.

El juez también se apoya en el hecho de que los enlaces es la base de internet y que muchas páginas como Google permiten hacer exactamente lo que la SGAE quiere evitar. Es la primera vez que en España una sentencia civil falla a favor de una web con enlaces hacia redes P2P.

Aún así las cosas podrían cambiar próximamente cuando entre en vigor una modificación de las leyes que permitirá bloquear el acceso a webs que vulneren la propiedad intelectual aunque siempre con autorización judicial.



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